Hoy vamos a tratar un tema que dará lugar a varias entradas dentro del blog. Nos referimos de los consulados del mar, una de las instituciones mas importantes del Derecho marítimo medieval. Ahora realizaremos un pequeño acercamiento a su origen y estructura.
En 1283, Pedro III el Grande de Aragón se encontraba inmerso en una guerra contra el rey de Francia, derivada de la excomunión del rey aragonés por parte del Papa Martín IV y la posterior donación de la corona de Aragón a Carlos de Valois, hijo del rey de Francia (Felipe III). Es, ante esta situación y la llamada a las armas por parte del rey, cuando una serie de nobles y milicias ciudadanas plantean al monarca un listado de exigencias a cumplir por el mismo para la intervención de los mismos en el combate. Entre estas peticiones se encontraban el mantenimiento de privilegios y un aumento de la presencia de la nobleza aragonesa en la corte real. Ante tan delicada situación, el rey decide ceder y concede el «privilegio general» en las cortes de Aragón de 1283.
En este momento es cuando la ciudad de Valencia solicita la creación de un Consulado de Mar, con jurisdicción autónoma capaz de dirimir los enfrentamientos entre comerciantes. Es por tanto el día 1 de diciembre de 1283 cuando se erige el primer Consulado del Mar, como tal, en la ciudad de Valencia.
Este Consulado de Mar es una institución jurídico-mercantil formada por dos cónsules elegidos de forma anual (en Navidad) por los prohombres de la ciudad (personas ilustres y respetadas de la ciudad), de entre los «entendidos en los usos del mar». Estos se convertían en una suerte de jueces o árbitros, con jurisdicción real delegada y competencia para dirimir todos los pleitos que nacieran entre comerciantes y hombres de mar en general.
La ordenanza de Pedro III, por la que se crea esta institución en Valencia, hace referencia expresa a que los cónsules, para resolver los casos que se le planteen, deberán aplicar los usos y costumbres de la ciudad de Barcelona, lo que no deja de ser curioso ya que los ya llamados cónsules de Barcelona carecían de la jurisdicción real autónoma que se otorgaba a los cónsules Valencianos.
Será posteriormente, ya en el siglo XIV, cuando la estructura de este consulado valenciano se exporte al resto de ciudades importantes dentro de la Corona de Aragón y se implante en los nuevos consulados. Posteriormente alrededor de estos cónsules se va creando un complejo aparataje jurídico formado por consejos consultivos compuestos por mercaderes, así como la creación de juez de apelación que revisara las causas en segunda instancia.
Tras el de Valencia se crearon Consulados de Mar en Mallorca en 1326, en Barcelona en 1347, en Tortosa en 1363, en Gerona en 1385, en 1387 en Perpiñan, en 1443 en San Feliu de Guixols y en 1785 en Alicante. Este sistema consular fue también adoptado por algunas instituciones de la corona de Castilla, como el consulado de mercaderes de Sevilla o incluso se fundaron en varias ciudades como San Sebastián o Málaga. Pero esta expansión no se limitó a las coronas ibéricas, sino que también se expandió por otras ciudades del Mediterráneo, como Marsella o Niza.
De hecho, actualmente el Consulado de Mar de Barcelona sigue existiendo. Se trata de un órgano de resolución de conflicto dependiente de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Barcelona.
Bibliografía:
-CHINER GIMENO, J.J., GALIANA CHACÓN, J.P., Del Consolat de mar al libro llamado consulado de mar: una aproximación historica, en libro llamado Consulado de mar (Valencia,1539). Edición y estudio de Jaime J. Chiner Gimeno y Juan P. Galiana Chacón. Valencia: Camara oficial de comercio, industria y navegación de Valencia, 2003, pp.7-42
Que magnífica entrada sobre los Consulados del Mar. Le felicito, siga así, caballero.
Un saludo.
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Muchísimas gracias, así seguiremos.
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