Régimen jurídico de los pasos del Norerste y del Noroeste

Paso del Nordeste o ruta marítima del norte

Comparación entre el paso del Nordeste y la ruta del canal de Suez. Extraído de The Wall Street Journal

Comparación entre el paso del Nordeste y la ruta del canal de Suez. Extraído de The Wall Street Journal

Se entiende por paso del nordeste un conjunto de rutas que transcurren desde el noroeste europeo hasta el estrecho de Bering a través del cabo norte y las costas euroasiáticas y siberianas. Este paso fue utilizado por la URSS como vía marítima y nacionalizado como «ruta del mar septentrional». Es desde este hecho de donde parten las reivindicaciones de la Federación rusa sobre este paso, ya que lo considera como un territorio histórico del estado. Sobre esta consideración Rusia ha ido realizando una serie de acciones tendentes a reafirmar su posición y su control de dicho paso como puede ser la creación de una administración sobre el mismo o la adopción de una serie de reglas sobre la navegación por el paso.

Esta base histórica y la aquiescencia o reconocimiento tácito de la situación por terceros estados son el fundamento de la postura rusa, que defiende la consideración de estas aguas como aguas interiores y por tanto sometidas a la soberanía del estado y excluidas del derecho de paso inocente que opera en el mar territorial o del derecho de paso en tránsito que rige los estrechos internacionales.

La dificultad para definir el estatuto jurídico de este paso radica en la falta de tratamiento en los convenios sobre Derecho del mar de los títulos históricos como el que la Federación rusa reclama.

Imagen de las rutas del Nordeste y el Noroeste aproximadas. Extraída de Climatología por un geografo

Imagen de las rutas del Nordeste y el Noroeste aproximadas. Extraída de Climatología por un geografo

Paso del noroeste 

Este paso abarca todas las rutas a lo largo de la costa norte de Norteamérica (Groenlandia y la costa norte de Canadá. Este paso saltó a la escena internacional tras el descubrimiento de Petroleo en Alaska, cuando el petrolero estadounidense USS Manhattan recorrió este paso atravesando las aguas pretendidas por Canadá apelando al principio de libertad de navegación. Canadá reacciono ante este hecho adoptando el Artic Waters Pollution Prevention Act, con el cual intentaba reafirmar su dominio sobre el paso noroeste y así la navegación extranjera sobre el mismo. Pero de nuevo en los años 80 un rompehielos estadounidense recorrió las aguas del paso ignorando la extensión de jurisdicción canadiense realizada con la declaración anterior. Ante esto de nuevo Canadá reacciono utilizando la linea de base recta (utilizado por primera vez por Noruega en 1935 y confirmadas por la CIJ en 1951) encerrando las aguas del paso como aguas interiores.

Paso del Noroeste. Extraída de MILNumb

Paso del Noroeste. Extraída de MILNumb

Actualmente Canadá reclama su soberanía absoluta sobre las aguas del paso, alegando en primer lugar sus derechos históricos sobre esas aguas y subsidiariamente la consideración de aguas interiores canadienses por quedar englobadas dentro de su linea de base recta. Sin embargo, esta última alternativa deja abierta la posibilidad de que buques de terceros estados gocen del Derecho de paso inocente, ya que Canadá es miembro del Convenio de Naciones Unidas sobre Derecho del Mar desde 2003 y así lo recoge el artículo 8.2:

2. Cuando el trazado de una línea de base recta, de conformidad
con el método establecido en el artículo 7, produzca el efecto de encerrar
como aguas interiores aguas que anteriormente no se consideraban como
tales, existirá en esas aguas un derecho de paso inocente, tal como se
establece en esta Convención.

La posición de EE.UU.

Uss Manhattan (1962). Extraída de Wikipedia

Uss Manhattan (1962). Extraída de Wikipedia

Frente a las anteriores posiciones, los EE.UU. han sido los principales defensores de la libertad de navegación por estos pasos árticos. En 2009 reafirmaros su postura al emitir una Directiva Política de la casa blanca afirmando que considera todas las rutas del paso Noroeste y algunas del paso Noreste como abiertas a la navegación internacional, dejando así abierta la posibilidad de que una parte de las rutas del paso Noreste puedan ser consideradas como aguas historias de la Federación rusa.

El estatuto jurídico de las aguas de estos pasos dependerán de su posible consideración o no como estrechos utilizados para la navegación internacional. Tanto Rusia como Canadá entienden el articulo 37 CNUDM desde un punto de vista funcional y actual, esto es, que sean utilizados como tales a sía de hoy. Si tomamos como estándar de utilización el volumen de paso por el canal de Panamá, el volumen de utilización de estos pasos es muy inferior al citado y por tanto (en opinión de Rusia y Canadá) estos no pueden ser considerados estrechos utilizados para la navegación internacional. Frente a esto se opone otra opción (más razonable a nuestro parecer)  que entiende que estos si deben considerarse estrechos internacionales al atender a la unión que suponen entre el Atlántico, Ártico y Pacífico, además el umbral de uso necesario para esta consideración debe ser más bajo cuando se trata de estas rutas, atendiendo a las particulares condiciones de navegación de estas zonas cubiertas de hielo durante gran parte del año, podemos encontrar un precedente de esta reducción en la sentencia de la CPJI en el caso del estatuto jurídico de la Groenlandia oriental de 1933.

Imagen del Ártico extraíde de Ciencia NASA

Imagen del Ártico extraída de Ciencia NASA

Bibliografía:

CNUDM

-GUTIÉRREZ ESPADA, C. y CERVELL HORTAL, Mª.J.: El Derecho Internacional en la encrucijada. Curso General de Derecho Internacional Público, Madrid: Trotta, 2012 (3ª edición).

-CINELLI, Claudia: El Ártico ante el derecho del mar contemporáneo. Valencia: Tirant lo blanch, 2012.

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